ORDEN DEL DIA N° 016/2016
De acuerdo a las facultades que me confiere el reglamento General del Cuerpo y de Compañía en sus artículos e incisos respectivos dicto lo siguiente:
1.- A contar de esta fecha los Guardianes Nocturnos en su ausencia en el Cuartel deberán dejar sus Uniformes de trabajo en dependencias de las Guardia Nocturna.
2. Se le prohíbe a todos los Bomberos Durante su ausencia en el cuartel mantener sus uniformes de trabajo en los casilleros.